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“Prohibición de venta o donación de medicación sobrante según la Ley 29/2006. INFORMACIÓN Y POSIBLES SANCIONES”. Haz click para más información.
medicaciòn ovodonaciòn
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medicaciòn ovodonaciòn
IVI quiere
dejar constancia y advertir que la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y
uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, en su artículo 2,
apartado 5, “prohíbe
la venta por correspondencia y por procedimientos telemáticos de medicamentos y
productos sanitarios sujetos a prescripción médica”.
IVI quiere
advertir que su adquisición por otros medios que no sean los indicados puede poner en peligro la salud de los/as
usuarios/as, dado que en esas condiciones no se puede
garantizar su autenticidad –no manipulación- y condiciones de conservación,
advirtiendo que la citada norma sanciona con multa de hasta 1.000.000 euros, la
venta de medicamentos o productos sanitarios a domicilio o a través de Internet
o de otros medios telemáticos o indirectos por ser considerada como una
infracción muy grave.
En consecuencia, el IVI no se hace
responsable bajo ningún concepto del contenido ilícito de los citados mensajes,
reservándose el derecho de eliminarlos inmediatamente nada más tenga
conocimiento de los mismos.”
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